Barcelona
10.101licencias
El Ayuntamiento prevé no renovar las licencias de pisos turísticos en 2028.
Ver medida ↗Una propuesta abierta · Octubre de 2026
Si un piso rinde más como alojamiento turístico o activo financiero, deja de competir por albergar a un vecino.
Una persona, una vivienda. Si hereda otra, elige cuál conservar y vende la excedente. La prioridad es recuperar hogares para los barrios.

Lo que falla
viviendas: por encima de esa cifra, la ley estatal considera gran tenedor al propietario. Es una categoría regulatoria, no un máximo permitido.
Licencia ≠ barrioRegular el piso turístico no obliga a que vuelva a ser una vivienda para residentes.
Registro ≠ límiteSaber quién posee una vivienda no impide que un fondo o una persona siga acumulando.
Estas reglas no garantizan por sí solas precios asequibles. La propuesta fija quién puede poseer la vivienda y a qué uso puede destinarse en las zonas donde falta residencia habitual.
Ya se está probando en Europa
Ciudades distintas han cerrado vías distintas al negocio turístico y la compra especulativa. Ninguna medida aislada garantiza alquileres asequibles; juntas señalan qué se puede hacer.
Barcelona
10.101licencias
El Ayuntamiento prevé no renovar las licencias de pisos turísticos en 2028.
Ver medida ↗Ámsterdam
15–30noches al año
Limita por zona los días de alquiler vacacional y protege parte de la vivienda comprada frente a la compra para alquilar.
Ver medida ↗Lisboa
5 %umbral de contención
Activa restricciones por barrio cuando el alojamiento turístico alcanza una proporción definida de la vivienda habitual.
Ver medida ↗París
90días al año
Limita el alquiler turístico de la residencia principal; para destinar otra vivienda al turismo exige autorización y compensación.
Ver medida ↗Ámsterdam constató menos compras de viviendas protegidas por inversores, aunque atribuye parte de la caída a otras condiciones del mercado. Leer la evaluación municipal ↗
La propuesta central
El objetivo no es cancelar anuncios. Es que vuelva a haber vecinos detrás de esas puertas.
1. Dibujar el mapa. Declarar zonas de retorno residencial con datos de licencias turísticas, viviendas habituales, alquileres y desplazamiento de residentes. Revisarlas periódicamente.
2. Cerrar la salida. Cero licencias turísticas nuevas en esas zonas; no renovar las existentes al vencer, de acuerdo con su régimen legal; detectar y retirar anuncios ilegales.
3. Una vivienda por persona. No adquirir una segunda. Si se hereda otra, elegir cuál conservar y vender la excedente en un plazo legal, respetando los alquileres vigentes y dando prioridad de compra a sus ocupantes.
4. Impedir otra compra especulativa. Proteger las viviendas que regresan frente a la compra por fondos; reconocer prioridad de compra a inquilinos y compradores que vayan a residir allí.
5. Comprobar el retorno. Publicar cuántos pisos turísticos dejan de operar y cuántos pasan a residencia habitual, además de su precio. Si solo cambia el anuncio, el plan ha fallado.
No se reserva ningún barrio a quien nació allí: se protege la residencia habitual de todas las personas que lo habitan. El límite de propiedad y el deber de venta son propuestas nuevas que exigirían garantías para la herencia y la propiedad.
Propuesta Mari Carmen
El objetivo medible: viviendas turísticas que vuelven al uso habitual y carteras de inversión que pasan a manos de quienes las habitan.
El barrio
Qué hay hoy. Hoy se puede exigir licencia, registro y autorización de la comunidad; algunas ciudades restringen el uso turístico. Eso no retira automáticamente las licencias ya concedidas ni crea una zona residencial libre de pisos turísticos. Ver norma ↗
Delimitar por datos los barrios donde el alquiler turístico desplaza vivienda habitual. En esas zonas: cero licencias nuevas, fin de las existentes al vencer su plazo sin renovación automática y retirada de las ilegales con inspección y datos de plataformas. La vivienda recuperada solo podría destinarse a residencia habitual o venta a quien vaya a vivir en ella.
Para hacerlo bien: La retirada de autorizaciones vigentes debe respetar sus condiciones, los procedimientos y las garantías aplicables. Hay que medir cuántas viviendas vuelven realmente al uso residencial.
Los fondos
Qué hay hoy. La norma de octubre de 2026 limita ciertas compras de grandes tenedores y entidades inversoras por debajo del 70 % del valor de mercado; no prohíbe todas sus adquisiciones. Ver norma ↗
Prohibir que fondos y sociedades cuya actividad sea invertir en vivienda residencial la adquieran o conserven como activo. Las carteras actuales pasarían, durante un plazo legal, a residentes, cooperativas de vivienda o entidades públicas mediante venta con derecho preferente de compra para los inquilinos. Las viviendas públicas y cooperativas protegidas quedarían fuera de la prohibición.
Para hacerlo bien: No basta con prohibir compras futuras: para afectar a carteras existentes hace falta una transición, proteger los alquileres vigentes y respetar propiedad, indemnización cuando corresponda y derecho europeo.
El límite
Qué hay hoy. La ley llama gran tenedor a quien supera diez viviendas, o cinco en ciertas zonas tensionadas. Esa definición impone obligaciones, pero no es un máximo de propiedad. Ver norma ↗
Cada persona podría conservar una vivienda. El registro sumaría las propiedades directas y las controladas mediante sociedades. Si hereda otra, elegiría cuál conservar y tendría 24 meses desde la adjudicación para vender la excedente, con prioridad de compra para quien la habita. Las carteras ya acumuladas necesitarían una transición.
Para hacerlo bien: La Constitución protege la herencia. Un deber de venta exigiría una ley nueva, un plazo practicable, protección de inquilinos y un examen jurídico exigente. Hoy no existe esta obligación general.
Cómo sabremos si funciona

Dejan de ser pisos turísticos.

Vuelven a ser hogares habitados.

Vuelven al mercado a un precio posible.
La prueba es el retorno. Que un piso desaparezca de una plataforma no significa que alguien viva en él. También publicaremos el precio al que regresa: recuperar viviendas solo sirve si se puede acceder a ellas.
Una idea para llevar puesta
La chapa de Maricarmen también podría ser una camiseta. Una forma de llevar la conversación fuera de esta pantalla.
Concepto visual · No está a la venta
La Constitución protege la igualdad sin discriminación por nacimiento y reconoce la propiedad privada y su función social. Las restricciones propuestas al uso turístico y a la propiedad necesitarían competencias, justificación, proporcionalidad y garantías. No son derecho estatal vigente.